| COMISIÓN
DE CONCORDIA Y PACIFICACIÓN
MEDIDAS MÍNIMAS DE SEGURIDAD PARA LOS ENCUENTROS DEL DIALOGO
ENTRE EL EZLN Y EL GOBIERNO FEDERAL
1.- La seguridad deberá garantizar la integridad de las partes,
tanto en su traslado como en los sitios del Diálogo, la cual debe
ser extensiva a los miembros de la CONAI y de la COCOPA.
2.- La seguridad está orientada a evitar incidentes o
provocaciones que resultasen instigados por las partes o ajenos a ellas
y que pongan en riesgo la integridad de las delegaciones.
3.- La seguridad en los traslados, la proporcionan la Cruz Roja,
la CONAI, la COCOPA y organismos no gubernamentales con el compromiso
de las partes de facilitar y garantizar el traslado de las delegaciones
a la sede del Diálogo y el retorno a los lugares señalados
por las partes.
4.- La seguridad en la sede del Diálogo, será proporcionada
por la Cruz Roja, Policía Militar, pobladores indígenas
y organizaciones no gubernamentales. Todos ellos acreditados y supervisados
por la CONAI y la COCOPA.
5.- Los cinturones de seguridad se integrarán preferentemente,
primero por la Cruz Roja, segundo por la población indígena;
tercero, por la sociedad civil y cuarto, por la Policía Militar
desarmada. En ellos no se realizará ningún tipo de actividad
distinta a la función de proporcionar seguridad.
6.- Las medidas de seguridad, en traslados y sitios de reunión,
en ninguna circunstancia se verán afectados con decisiones unilaterales
o de cualquier otro tipo.
7.- Las medidas de seguridad se mantendrán durante todo
el tiempo que dure el evento y los recorridos.
8.- Las autoridades competentes garantizarán la seguridad
en la población donde se realice el Diálogo.
9.- La CONAI y la COCOPA deberán garantizar la identidad
y actividad de las personas que se encuentren en el interior de las instalaciones
donde se realiza el Diálogo.
San Andrés Larráinzar, Chiapas a 15 de mayo de
1995.
Fuente: Archivo Histórico de la CONAI. Documento 5051512
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