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SECRETARIA DE GOBERNACION
COMUNICADO DE PRENSA 117
SAN CRISTOBAL DE LAS CASAS
20 DE ABRIL, 1995.
14:00 HORAS
A partir de nuestro comunicado de prensa número 115,
del día 19 de abril, a las 22:00 horas, donde se denunció
la realización de movilizaciones de simpatizantes y actos de propaganda
del EZLN, que violentaban los principios acordados en la Declaración
Conjunta de San Miguel, se efectuó una reunión entre esta
representación gubernamental, la COMCOPA y la CONAI, para buscar
una solución al problema.
En dicha reunión se planteó a la CONAI la necesidad
de que se implanten los círculos de seguridad conforme al sistema
acordado, que es el siguiente: un primer círculo integrado por
personal de la Cruz Roja Mexicana, alrededor de la sala de negociaciones
ubicada en la cancha de basquetbol; un segundo círculo, integrado
por la población local, coordinado por el presidente municipal
y las autoridades tradicionales, de aproximadamente 800
personas; un tercer círculo integrado por organizaciones no gubernamentales
y un cuarto círculo integrado por la policía militar, desarmada,
encargada de verificar la disposición de la Ley de que en ese espacio
no existan armas.
Para tal efecto, los representantes de la CONAI ofrecieron comunicarse
telefónicamente con esta representación a partir de las
9:00 horas del día de hoy, a fin de informar sobre las condiciones
prevalecientes en San Andrés Larráinzar.
Hasta este momento, se han recibido tres llamadas telefónicas
en las cuales el Presidente de la CONAI ha informado que aún no
ha sido posible movilizar a los contingentes de manera que los distintos
círculos puedan ser instalados, pero ha informado que continúa
en sus gestiones.
La cuestión de la seguridad es determinante por sí
misma, pero además de ser un requerimiento de la Ley, constituye
un principio irrenunciable de que los acuerdos asumidos sean estrictamente
cumplidos para garantizar: el buen desarrollo del proceso de diálogo
y negociación. Esta representación gubernamental reitera
su firme determinación para iniciar el diálogo
tan pronto se cumplan las obligaciones pactadas.
Fuente: Archivo Histórico de la CONAI. Documento 5042001
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