| En la segunda
parte de la Plenaria Resolutiva del Tema 1 sobre Derechos y Cultura Indígena,
y después de las consultas que cada parte realizó, el EZLN
y el Gobierno Federal llegaron al siguiente
ACUERDO
Respecto a los documentos
" PRONUNCIAMIENTO CONJUNTO QUE EL GOBIERNO FEDERAL Y EL EZLN ENVIARÁN
A LAS INSTANCIAS DE DEBATE Y DECISIÓN NACIONAL ",
" PROPUESTAS CONJUNTAS QUE EL GOBIERNO FEDERAL Y EL EZLN SE COMPROMETEN
A ENVIAR A LAS INSTANCIAS DE DEBATE Y DECISIÓN NACIONAL, CORRESPONDIENTES
AL PUNTO 1.4 DE LAS REGLAS DE PROCEDIMIENTO " Y
" COMPROMISOS PARA CHIAPAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO Y FEDERAL Y
EL EZLN, CORRESPONDIENTES AL PUNTO 1.3 DE LAS REGLAS DE PROCEDIMIENTO
", emanados de la primera parte de la Plenaria Resolutiva correspondiente
al tema de Derechos y Cultura Indígena:
A. El Gobierno Federal, a través de su delegación, manifiesta
su aceptación de dichos documentos.
B. El EZLN, a través de su delegación, manifiesta su aceptación
de dichos documentos. En relación con las cuestiones respecto a
las cuales formuló, en la sesión del 14 de febrero de 1996
de esta segunda parte de la Plenaria Resolutiva, propuestas de agregados
y de sustituciones o eliminaciones en el texto de los mismos, de acuerdo
con los resultados de la consulta realizada por el EZLN, expresa lo siguiente:
1. La delegación del EZLN insiste en señalar la falta de
solución al grave problema agrario nacional, y en la necesidad
de reformar el Artículo 27 Constitucional, que debe retomar el
espíritu de Emiliano Zapata, resumido en dos demandas básicas:
la tierra es de quien la trabaja, y Tierra y Libertad. (Documento "Propuestas
conjuntas que el Gobierno federal y el EZLN se comprometen a enviar a
las instancias de debate y decisión nacional, correspondientes
al punto 1.4 de las Reglas de Procedimiento": página 11, apartado
5, "Reformas Constitucionales y Legales", inciso B).
2. Por lo que se refiere al desarrollo sustentable, la delegación
del EZLN considera insuficiente que el gobierno indemnice a los pueblos
indígenas por los daños ocasionados en sus tierras y territorios,
una vez ocasionado el daño. Es necesario desarrollar una política
de verdadera sustentabilidad, que preserve las tierras, los territorios
y los recursos naturales de los pueblos indígenas, en suma, que
contemple los costos sociales de los proyectos de desarrollo. (Documento
"Pronunciamiento conjunto que el Gobierno Federal y el EZLN enviarán
a las instancias de debate y decisión nacional", página
5, en el subtítulo "Principios de la nueva relación",
inciso 2).
3. En lo referente al tema Situación, Derechos y Cultura de la
Mujer Indígena, la delegación del EZLN considera insuficientes
los actuales puntos de acuerdo. Por la triple opresión que padecen
las mujeres indígenas, como mujeres, como indígenas y como
pobres, exigen la construcción de una nueva sociedad nacional,
con otro modelo económico, político, social y cultural que
incluya a todas y a todos los mexicanos. (Documento 3.2 "Acciones
y medidas para Chiapas. Compromisos y propuestas conjuntas de los gobiernos
del Estado y Federal y el EZLN", página 9).
4. En términos generales la delegación del EZLN considera
necesario que, en cada caso, se expliciten los tiempos y plazos en que
los acuerdos deben ser llevados a la práctica, y que, para ello,
los pueblos indígenas y las autoridades correspondientes deben
programar y calendarizar de mutuo acuerdo su instrumentación.
5. Acerca de las garantías de acceso pleno a la justicia, la delegación
del EZLN considera que no puede pasarse por alto la necesidad del nombramiento
de intérpretes en todos los juicios y procesos que se sigan a los
indígenas, asegurando que dichos intérpretes cuenten con
la aceptación expresa del procesado y conozcan tanto el idioma
como la cultura y el sistema jurídico indígenas.(Documento
2 "Propuestas conjuntas que el Gobierno Federal y el EZLN se comprometen
a enviar a las instancias de debate y decisión nacional, correspondientes
al punto 1.4 de las Reglas de Procedimiento, página 6, subtítulo:
"Garantías de acceso pleno a la justicia").
6. La delegación del EZLN considera indispensable que se legisle
para proteger los derechos de los migrantes, indígenas y no indígenas,
dentro y fuera de las fronteras nacionales. (Documento 1, "Pronunciamiento
conjunto que el Gobierno Federal y el EZLN enviarán a las instancias
de debate y decisión nacional", página 5, punto 8,
subtítulo: "Proteger a los indígenas migrantes"):
7. A fin de fortalecer los municipios, la delegación del EZLN
considera que se requieren compromisos explícitos del gobierno
para garantizar su acceso a la infraestructura, capacitación y
recursos económicos adecuados. (Documento 2 "Propuestas conjuntas
que el Gobierno Federal y el EZLN se comprometen a enviar a las instancias
de debate y decisión nacional correspondientes al punto 1.4 de
las Reglas de Procedimiento", página 3).
8. Por lo que se refiere a los medios de comunicación, la delegación
del EZLN considera necesario que se garantice el acceso a información
veraz, oportuna y suficiente sobre las actividades del gobierno, así
como el acceso
de los pueblos indígenas a los medios de comunicación existentes,
y que se garantice el derecho de los pueblos indígenas a contar
con sus propios medios de comunicación (radiodifusión, televisión,
teléfono, prensa escrita, fax, radios de comunicación, computadoras
y acceso a satélite). (Documento 2 "Propuestas conjuntas que
el Gobierno federal y el EZLN se comprometen a enviar a las instancias
de debate y decisión nacional correspondientes al punto 1.4 de
las reglas de procedimiento", página 9, punto 8: "Medios
de comunicación").
C. Con relación a las partes de los documentos a las que se refiere
el inciso B, ambas delegaciones convienen que, en la oportunidad que identifiquen
de común acuerdo durante el diálogo, agotarán los
esfuerzos de negociación sobre las mismas.
D. Las Partes harán llegar a las instancias de debate y decisión
nacional y a las instancias que correspondan los tres documentos que se
acompañan, mismos que contienen los acuerdos y compromisos alcanzados
por las Partes.
E. Ambas partes asumen el compromiso de enviar el presente resolutivo
a las instancias de debate y decisión nacional y a las instancias
del estado de Chiapas que correspondan, en el entendido de que los puntos
señalados en el inciso B también deberán ser consideradas,
por dichas instancias, como materia producto del diálogo.
El presente y los tres documentos que lo acompañan, quedan debidamente
formalizados como acuerdos en los términos de las Reglas de Procedimiento
y de la Ley para el Diálogo, la Conciliación y la Paz Digna
en Chiapas, y se integran como tales al Acuerdo de Concordia y Pacificación
con Justicia y Dignidad.
16 de febrero de 1996.
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